jueves, 9 de febrero de 2017

PAREJA ESTABLE COEXISTENTE CON EL MATRIMONIO

USTED QUÉ OPINA DE LA "PAREJA ESTABLE COEXISTENTE CON EL MATRIMONIO"


   Tomado de: Semanario Judicial de la Federación.


PAREJA  ESTABLE COEXISTENTE CON EL MATRIMONIO.
      Llamada frecuentemente en la sociedad al "Amante".




Esta figura jurídica aprobada y utilizada por vez primera en el Estado de Veracruz, tiene su precedente en el segundo tribunal colegiado en materia civil del séptimo circuito, en el juicio de amparo directo 68/2014, de fecha 12 de junio de 2014, dando lugar a la tesis publicada el viernes 12 de septiembre de 2014 a las 10:15 hrs en el Semanario Judicial de la Federación.





El criterio que señala este órgano jurisdiccional es la condición de mujer no casada o no concubina, no puede servir de base para excluirla del reconocimiento a una prestación familiar, como los alimentos, por que implica una discriminación por razón de sexo y estado civil proscrita por el artículo 1o. in fine (en la parte final) de la Constitución Federal y la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.





Estamos hablando entonces de una nueva clasificación legal, la cual representa un cambio radical a la concepción de la familia establecida en los códigos civiles de los estados, luego entonces, debe entenderse con base al criterio de la corte que, debe ampliarse el concepto de familia, ya que existe una distinción de las clases o tipos de parejas, que al igual que las tradicionales ( establecidas en el código civil) tienen derechos.









Lic. Areli Bernabé Nava.



Bibliográfica:


Semanario Judicial de la Federación.








2 comentarios:

  1. Interesante Lic. Espero que en su próxima entrada pueda brindarnos más información acerca de este novedoso tema! Saludos.

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  2. Buenas tardes Licenciada, muy interesante y novedoso tema, pese a que tesis versa del año 2014, el tema es muy poco comentado en nuestra esfera jurídica. Considero que esta tesis y el amparo directo que le dan origen son precedentes que servirán a las demás legislaciones de los estados en materia civil y familiar para tomar o formar criterios respecto de algunos casos concretos que se pueda presentar, en cuanto a esta figura de "pareja estable coexistente con el matrimonio o concubinato".

    Saludos cordiales licenciada, espero su próxima publicación

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