jueves, 18 de mayo de 2017

LOS SISTEMAS DE AERONAVES PILOTADAS A DISTANCIA (SAPD O DRONES)





QUE ES UN DRON?


Haciendo alusión a la palabra inglesa Drone que significa zumbido o sonsonete que emiten los motores o para referirse a las abejas o zánganos machos,que en la actualidad son utilizados para fines recreativos, comerciales y militares, tienen sus orígenes desde 1849.



Habitualmente, los drones están equipados con una cámara fotográfica o de vídeo, por lo que podrían violar el derecho de privacidad e intimidad de los ciudadanos. Frente a esta posibilidad, países como Reino Unido, Italia o Estados Unidos han prohibido sobrevolar propiedades privadas.

La mayoría de los drones se manejan con radio control, pero pueden ser también manejados y programadas mediante una tablet o un smartphone.


Algunos tienen sistema GPS que les permite volver al punto donde inició de su vuelo. En el futuro se espera que los drones vuelen solos, tomando sus propias decisiones, evitando chocar contra las personas y poder evitar los objetos.


En México, la Circular Obligatoria AV-23/10 R3, de fecha 31 de mayo de 2016, fue emitida por la Autoridad Aeronáutica Mexicana, es decir, la DGAC con el objeto de establecer, como su propio título lo indica, los requerimientos para operar un sistema de aeronave pilotada a distancia.

aun con lo que establece la Aeronáutica Mexicana existen algunos conflictos como que lo establecido en ella del uso y del tamaño del dron no cumple el reglamento y cualquiera puede hacer uso de del dron donde y por las nuevas caracteristicas del nuevo prototipo no esta regulada.





                                                                                                                      Lic. Areli Bernabé Nava.




Bibliografía:


~ Los drones y su legislación en México. Samuel Chacon López Velarde.

~ Autoridad Aeronáutica Mexicana





jueves, 11 de mayo de 2017

VALOR PROBATORIO DE LOS DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS




CONCEPTO DE DOCUMENTO ELECTRÓNICO

El análisis del documento digital debe abarcar, por un lado, la necesidad de otorgar la más eficaz y vasta utilización de los medios de información que se intercambien electrónicamente, y por el otro, la necesidad de tutelar la confianza de los usuarios en la seguridad de los nuevos documentos.


técnicamente el documento electrónico es un conjunto de impulsos eléctricos que recaen en un soporte de computadora, y que sometidos a un adecuado proceso, permite su lenguaje natural mediante una pantalla o una impresora.  

dejemos en claro que lo que se lee en la pantalla o lo impreso no son el documento electrónico original sino copias, ya que el original por su naturaleza no podrá ser directamente aprehendido por nuestros sentidos.



CARACTERÍSTICAS.


las características del documento electrónico  para que se le de la importancia en el ámbito jurídico,son las siguientes:


a) Inalterabilidad.

b) Autenticidad.


c) Durabilidad.


d) Seguridad.


          DESVENTAJAS DEL DOCUMENTO ÚNICAMENTE CON SOPORTE ELECTRÓNICO. 



El autor italiano Tarizzo señala que las principales desventajas del documento electrónico son:



  • Algunos son descifrables y utilizables solo con el auxilio de la computadora u otro dispositivo electrónico.
  • fácilmente alterable.
  • se archiva en formatos soportes concretos que no son siempre compatibles con otras computadoras.




Bibliografía:

Derecho Informático, Julio Téllez Valdés. 




jueves, 27 de abril de 2017



DÍA INTERNACIONAL DE LA MADRE TIERRA.

La tierra es nuestra casa y todos los ecosistemas en ella forman parte importante de nuestro hogar.

El día internacional de la madre tierra se celebra cada 22 de abril, para tomar conciencia del daño y los problemas que sufre nuestro planeta, como lo es la contaminación, la deforestación de flora y fauna.

El 22 de abril de 1970 en los Estado Unidos, se llevo a cabo la primer celebración del día de la tierra por iniciativa del senador Gaylord Nelson, años mas tarde muchos varios países se sumaron a esta celebración.


El 22 de abril de 2009, la organización de las Naciones Unidas (ONU)inaugura el día internacional de la madre tierra.

En todo este contexto nos encontramos con el análisis del derecho al medio ambiente sano, el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece el derecho a toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, que el estado es el encargado de garantizar dicho derecho.  



Conclusión

Tiene el estado que trabajar en conjunto con la ciudadanía para salvaguardar tan importante derecho y mas aun para proteger nuestro hogar, respecto del artículo 4o Constitucional debemos entender la importancia de preservar nuestro entorno ambiental, preservar el equilibrio ecológico.

"La naturaleza no depende de nosotros, nosotros dependemos de ella".


  



             Areli Bernabé Nava.



lunes, 17 de abril de 2017




El juicio político tiene como antecedentes remotos al Impeachment inglés, y como antecedente mediato al Impeachment norteamericano.

El juicio político establecido en nuestra carta magna en el artículo.110 nos desglosa una lista de servidores públicos a las cuales se les puede fincar una o varias responsabilidades, las reformas que se llevaron a cabo al título cuarto de la constitución general y de la ley federal de responsabilidades de los servidores públicos tuvieron a bien preponderar la función de los servidores públicos, como lo es el brindar sus servicios de utilidad social en caso de violación a lo establecido por la ley suprema se prevén procedimientos de responsabilidad civil, penal, administrativo y política.


RESPONSABILIDAD POLÍTICA (Juicio Político)

 Los Sujetos señalados por el (Art. 110 primer párrafo) son:

  • Senadores y Diputados al Congreso de la Unión.
  • Los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
  • Los Consejeros de Judicatura Federal
  • Los Secretarios de Despacho
  • El Fiscal General de la república
  • Los Magistrados de Circuito y Jueces de distrito
  • Consejero Presidente
  • Los Consejeros electorales y el Secretario Ejecutivo de la Instituto Nacional Electoral.
  • Magistrados de Tribunal Electoral
  • Integrantes de los Órganos Constitucionales Autónomos.
  • Los Directores Generales y sus equivalentes de los Órganos Descentralizado.
  • Empresas de Participación Estatal Mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a estas.



Así mismo menciona que a nivel estatal también es procedente por violación y faltas graves a la constitución general a:

  • Los gobernadores de los Estados
  • Diputados locales 
  • Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia locales y, en su caso, los miembros de los consejos de las judicaturas locales.


De la responsabilidad de los servidores públicos y particulares que incurran en responsabilidad frente al estado queda señalada en él. Artículo 109. Primer párrafo que a la letra dice:

Cuando en el ejercicio de sus funciones incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.

No procede el juicio político por la mera expresión de ideas. 


De las sanciones.


Las sanciones consistirán en la destitución del servidor público y en su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público (Art. 110).


Del Procedimiento.

Artículo 110. Tercer párrafo para la aplicación que refiere este precepto, la Cámara de Diputados procederá a la acusación respectiva ante la Cámara de Senadores, después de haber substanciado el procedimiento respectivo y con audiencia del inculpado. 

La Cámara de Senadores erigida en jurado de sentencia, conociendo de la averiguación, aplicará la sanción correspondiente mediante resoluciones de las dos terceras partes de los miembros presentes en sesión, una vez practicadas las diligencias correspondientes y con audiencia del acusado. 

Las declaraciones y resoluciones de la cámara de diputados y senadores son inatacables.


Plazo de prescripción 

Artículo 114 primer párrafo El procedimiento de juicio político sólo podrá iniciarse durante el período en el que el servidor público desempeñe su cargo y dentro de un año después. Las sanciones correspondientes se aplicarán en un período no mayor de un año a partir de iniciado el procedimiento.




Para terminar, podemos señalar que:

La responsabilidad política deriva de los artículos 109, 110 y 114 constitucionales, al establecer en estos preceptos constitucionales los sujetos a juicio político, las sanciones que se impondrán a cada uno en el ejercicio de sus funciones y la prescripción del juicio político: la responsabilidad penal se funda en la fracción II del artículo 109, antes mencionada, al disponer que la comisión de delitos por parte de cualquier servidor público será perseguida y sancionada en los términos de la legislación penal: las responsabilidad administrativa señalada de igual manera en el artículo 109 fracción III al puntualizar que se aplicaran sanciones de esa naturaleza a los servidores públicos por los actos u omisiones  que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observas en el desempeños en sus empleos, cargos o comisiones y finalmente: la responsabilidad civil,se desprende del Articulo 111.constitucional al señalar que en las demandas de ese orden entabladas con cualquier servidor público, no requerirá declaración de procedencia.
























Bibliografía;

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  • http://www.diputados.gob.mx.






jueves, 13 de abril de 2017

LAS TICs EN LA EDUCACIÓN.








"LAS TICs ARMA DE DOBLE FILO" 



Las tecnologías de la información y comunicación desde el punto de muchos estudiosos del derecho generan duda, preocupación, esperanza  y mucha controversia, ahora nos ocupa hablar de ella en el área educativa y es muy importante señalar cuales son las ventajas y desventajas que ello pudiera traer dentro de la educación.

La tecnología sin duda alguna nos abre muchas opciones al mundo del conocimiento, con ello tenemos acceso a la búsqueda y divulgación de mucha información,la tecnología esta ahí para satisfacer nuestras necesidades en cualquier área.


VENTAJAS DE LAS TICs.



* Desde el punto de vista económico: Es más accesible hacer búsquedas y descargas en Internet, que comprar un libro.

* Interactuar e intercambiar ideas con gente de otros países.

* Trabajo en Linea.

* Ofertas educativas y escuela en linea.

* Ahorra tiempo.

* Material didáctico alternativo y novedoso.

* Forma parte de la nueva evaluación de los estudiantes. 

* Genera más Interés.

* Mejora la creatividad.






¿Qué pasa cuando abusamos de estas nuevas tecnologías de la información?.



Desde el punto de vista para el aprendizaje de los estudiantes existen algunos puntos negativos tales como:



* Información poco confiable.

* Visión distorsionada de la realidad.

* Distracción/Perdida de tiempo.

* Adicción.

* Problemas físicos y Visuales.

* Estrés.

* Problemas de Mantenimiento.

* En algunos caso utiliza la ley del mínimo esfuerzo.

* Plagio.




En Conclusión. 


El uso de las nuevas tecnologías, se puede utilizar de una manera positiva o negativa en diferentes aspectos de nuestras vidas, los maestros deben planificar mejorar sus clases, para  hacer un mejor uso de las herramientas tecnológicas y respaldar con la pedagogía, no se puede limitar el uso de las nuevas tecnologías pues forma parte de un derecho, pero si se puede educar para hacer un buen uso de ellas.    



                     Lic. Areli Bernabé Nava.














   



















jueves, 6 de abril de 2017


¿QUÉ DAÑOS HACE EL USO DE LA TECNOLOGÍA A LA NATURALEZA?





"LA TIERRA GIME Y EL HOMBRE SOLO QUIERE VER CON LOS OJOS Y NO CON EL ALMA" 
                                                                                                            
                                                                                                                                 Areli Bernabé Nava.

Lo que tardo miles de años en formarse como un ecosistema, el hombre irresponsable, egoísta y necio se ha aprovechado de una manera excesiva de todos y cada uno de los recursos de la naturaleza,  para cubrir todas sus "necesidades" .


En el último siglo  con los avances tecnológicos, el planeta tierra a sido dañado cruel mente, el hombre juega el papel de "DIOS" pues como especie dominante cree que es dueño de todo lo que la naturaleza le brinda, el dueño de decidir sobre la vida de las demás especies de la tierra.


Los efectos del uso de las nuevas tecnologías en la naturaleza, ha traído grandes consecuencias, como los derrames químicos, derrames de petroleo en el mar, determinadas actividades tecnológicas generan muchos residuos contaminantes.



Las nuevas tecnologías pueden ayudar o beneficiar al planeta tierra pero ¿en que medida es cada una?  



¿ QUÉ FUTURO TENDRÁN NUESTROS HIJOS?.







miércoles, 29 de marzo de 2017

AMAPOLA BASE ECONÓMICA DE COMUNIDADES EN GUERRERO.





BASE ECONÓMICA. 



Actualmente, Guerrero es el productor número uno en amapola en el país y el segundo a escala nacional de marihuana, en 2015, el municipio de Coyuca de Catalán, ocupó el primer lugar en la siembra de amapola, donde la Sedena ubicó mil 134.25 hectáreas sembradas, mismas que fueron destruidas.


para la gente de la sierra es normal cultivarla, para ellos es la base de su economía, existen mil 287 poblados en la sierra y todos se mantienen de cultivar esta planta.

los grupos delictivos ofrecen a los lugareños que siembren amapola o marihuana, les ofrecen comprarles toda la producción y les dan un adelanto económico, estos grupos delictivos se aprovechan de la necesidad de las personas.


¿LEGALIZARLA ES LA SOLUCIÓN o AUMENTARÍA SU CONSUMO?

Es una pregunta un poco complicada de responder, legalizarla podría influir en el precio para el uso de la marihuana.

La cannabis es la droga de mayor consumo a nivel mundial, nuestro país ocupa el segundo lugar en Sudamérica.

en conclusión es un tema que requiere un profundo análisis,atacar un problema donde surgirán muchos más de el no es una solución.  






Bibliografía.

http://www.excelsior.com.mx/nacional/2016/04/20/1087674#view-5


jueves, 23 de marzo de 2017

ARGUMENTACIÓN JURÍDICA.







¿QUE ES LA ARGUMENTACIÓN?





"Un argumento del(latín argumentium)es un razonamiento para justificar una proposición."1


    
Para algunos,argumentar es una actividad lingüística,y un argumento es el producto de esa actividad.




El discurso jurídico es un tipo de discurso práctico que tiene frente a éste la posibilidad de resolver los problemas de conocimiento y cumplimiento, pero se encuentra condicionado por la estructura del derecho, por ejemplo, el papel que en él juegan la ley, la dogmática, o el precedente judicial, así como las formas de argumentación específicamente jurídicas como el argumento a simili o el argumento a contrario.2    







Weston clasifica los argumentos y los distingue entre:
Argumentos a través de ejemplos,argumentos por analogía, argumentos de autoridad, argumentos acerca de causas y argumentos deductivos. 



Entonces llegamos a la conclusión:

La argumentación es el razonamiento que se va a defender de forma escrita u oral, el contenido (argumentos)tienen que ser coherentes sin contradicciones, pues si son inconsistentes, contradictorios y no son coherentes, no existiría entonces argumentos, la argumentación pretende transmitir o persuadir con fundamentos y bases a la o las personas de nuestra idea o razonamiento.



Lic. Areli Bernabé Nava.


_________________


1 Real Academia Española (2014).

2 Argumentación Jurídica, Jaime Cárdenas Gracia.








Bibliografía:

Real Academia Española.

Conceptodefinicion.de/argumentación/.


Argumentación Jurídica, Jaime Cárdenas G.













domingo, 12 de marzo de 2017

DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.



DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 6o.CONSTITUCIONAL.





¿Qué es o qué se entiende por transparencia?

Es la actuación que muestra la verdad de sus hechos.[1] 



El derecho de acceso a la información pública se ha convertido en parte importante del quehacer de reformas del estado mexicano, este a logrado colocarse como un tema de importancia en lo que concierne al concepto de derecho de la información, lato sensu.


La corte interamericana de derechos humanos con base al derecho de acceso a la información a señalado a través de la opinión consultiva 5/85 que "el concepto de orden publico reclama que, dentro de una sociedad democrática, se garanticen las mayores posibilidades de circulación de noticias, ideas y opiniones, así como el más amplio acceso a la información por parte de la sociedad en su conjunto". 

Los principios que rigen el derecho a la información los podemos encontrar en todo el articulo 6o. constitucional.

1.- Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, buscar, recibir y difundir información. 


2.- La información es publica, poder acceder a tus datos personales y rectificarlos es gratis.


3.- La rendición de cuentas e información de las autoridades las cuales están obligadas a preservar , actualizar y publicar por diferentes medios electrónicos el registro y documentación de sus actuaciones en el ejercicio de sus funciones, para que se pueda acceder a ella.  

EL INSTITUTO NACIONAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN ES EL ORGANISMO DEL ESTADO CON PLENA AUTONOMÍA,RESPONSABLE DE GARANTIZAR TU DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y A LA PROTECCIÓN DE TUS DATOS PERSONALES. 


Podemos concluir entonces, que la "transparencia" es el derecho de los gobernados, de tener acceso a la información, actuación y realidades de los hechos y actos públicos,dicha información tiene que llegar al ciudadano de una manera clara, accesible y transparente y así tenga más participación como ciudadano en actos democráticos.


____________________________

1.- es.thefreedictionary.com/transparencia. 









BLIBLIOGRAFÍA.

-Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, Art. 6o.



jueves, 9 de marzo de 2017

INFORMÁTICA Y DERECHO






El derecho es la herramienta para atenuar los impacto negativos de los cambios tecnológicos y que preve el camino para que se desenvuelvan con producción de frutos positivos para la colectividad, por lo mismo , debe estar capacitado para reaccionar con la presteza que se requiere. 

El derecho como norma significa regla, la cual es el instrumento que sirve para trazar lineas rectas. Así, el derecho aplicado a la mención del hombre, es el instrumento que se utiliza para trazar conductas rectas. De tal suerte que toda norma jurídica tiene una aspiración de rectitud y aquella que se aleje de conducir estas conductas rectas no sera derecho.

La palabra informática,1 es una palabra construida por dos vocablos, "información" y "automática". este termino fue creado en Francia en 1965, con el objeto de designar las ciencias y técnicas de la comunicación que intervienen en la recopilación y utilización de datos a fin de elaborar decisiones es menester hacer notar el termino de la informática es uno de los pocos que no tiene su origen en el sistema anglosajón, especialmente en Estados Unidos de América, en donde se utiliza data processing ( procesador de datos); esta terminología se a extendido a Alemania como daten verarbeitung, y en Italia se conserva la palabra  original de la informática.


De lo anterior no queda lugar a dudas que la informática se relaciona con la información y con los ordenadores, por que es también un medio particular de pensar y afronta los problemas de la información que se vinculan con la cibernética.



Cito al Dr. Julio Tellez diciendo, donde hay sociedad, hay derecho: donde hay un fenómeno social existe un cuerpo de leyes (ubi societas ibi ius).



En conclusión podemos decir que, el derecho tiene que ir un paso adelante de toda esta revolución tecnológica, pues tiene que prevenir todas las conductas que puedan ser tipificadas o se encuentren tipificadas , ya que si no prevé o crea nuevas estrategias, se vera rebasado por nuevas conductas delictivas.







______________________________
1 Falcón, Enrique M, op.cit.,nota 231,p.11.




BIBLIOGRÁFÍA. 


Derecho Informático 3° Edición, Julio Tellez.
Derecho De Las Nuevas Tecnologías, Myrna Elía García Barrera.




Lic. Areli Bernabé Nava.

jueves, 2 de marzo de 2017

La revolución tecnológica y los avances en telecomunicaciones, han obligado al estado mexicano a legislar y regular ciertas conductas con el fin de proteger, garantizar y respetar la protección a la intimidad y privacidad de las personas.
Ahora bien ,nos enfocaremos en diferenciar lo que es Intimidad y Privacidad.

Para entender el significado de intimidad, hablaremos primero de la etimología. El término intimo viene de intimus, que significa "lo más interior".
Miguel A. Ekmekdjian ECMENYIAN , lo definió como: "la facultad que tiene cada persona de disponer de una esfera, ámbito: privativo o reducto infranqueable de libertad individual, el cual no puede ser invadido por terceros, ya sean particulares o el propio Estado, mediante cualquier tipo de intromisiones, las cuales pueden asumir diversos signos"

La Intimidad afecta sólo a la propia persona. Se incluye dentro del "ámbito privado" de un individuo cualquier información que se refiera a sus datos personales, relaciones, salud, correo, comunicaciones electrónicas privadas, etc.
Es el derecho que poseen las personas de poder excluir a las demás personas del conocimiento de su vida personal, es decir, de sus sentimientos y comportamientos. Una persona tiene el derecho a controlar cuándo y quién accede a diferentes aspectos de su vida personal.
La Privacidad  el artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: "Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injeren,cias o ataques".
Lo privado es el ámbito restringido de lo doméstico y lo familiar, de aquellos asuntos del sujeto, que no necesariamente deben ser divulgados masivamente".
ARTICULO 16 CONSTITUCIONAL PARRAFO SEGUNDO TODA PERSONA TIENE DERECHO A LA PROTECCION DE SUS DATOS PERSONALES. AL ACCESO, RECTIFICACION Y CANCELACION DE LOS MISMOS, ASI COMO A MANIFESTAR SU OPOSICION, EN LOS TERMINOS QUE FIJE LA LEY, LA CUAL ESTABLECERA LOS SUPUESTOS DE EXCEPCIÓN A LOS PRINCIPIOS QUE RIJAN EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS , POR RAZON DE SEGURIDAD NACIONAL, DISPOSICIONES DE ORDEN PUBLICO, SEGURIDAD Y SALUD PUBLICAS O PARA PROTEGER DERECHOS DE TERCEROS
Los Datos de Carácter Personal Son aquellos datos relacionados con la intimidad de las personas y son un tipo de datos específicos que, legalmente, deben ser protegidos.