jueves, 2 de marzo de 2017

La revolución tecnológica y los avances en telecomunicaciones, han obligado al estado mexicano a legislar y regular ciertas conductas con el fin de proteger, garantizar y respetar la protección a la intimidad y privacidad de las personas.
Ahora bien ,nos enfocaremos en diferenciar lo que es Intimidad y Privacidad.

Para entender el significado de intimidad, hablaremos primero de la etimología. El término intimo viene de intimus, que significa "lo más interior".
Miguel A. Ekmekdjian ECMENYIAN , lo definió como: "la facultad que tiene cada persona de disponer de una esfera, ámbito: privativo o reducto infranqueable de libertad individual, el cual no puede ser invadido por terceros, ya sean particulares o el propio Estado, mediante cualquier tipo de intromisiones, las cuales pueden asumir diversos signos"

La Intimidad afecta sólo a la propia persona. Se incluye dentro del "ámbito privado" de un individuo cualquier información que se refiera a sus datos personales, relaciones, salud, correo, comunicaciones electrónicas privadas, etc.
Es el derecho que poseen las personas de poder excluir a las demás personas del conocimiento de su vida personal, es decir, de sus sentimientos y comportamientos. Una persona tiene el derecho a controlar cuándo y quién accede a diferentes aspectos de su vida personal.
La Privacidad  el artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: "Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injeren,cias o ataques".
Lo privado es el ámbito restringido de lo doméstico y lo familiar, de aquellos asuntos del sujeto, que no necesariamente deben ser divulgados masivamente".
ARTICULO 16 CONSTITUCIONAL PARRAFO SEGUNDO TODA PERSONA TIENE DERECHO A LA PROTECCION DE SUS DATOS PERSONALES. AL ACCESO, RECTIFICACION Y CANCELACION DE LOS MISMOS, ASI COMO A MANIFESTAR SU OPOSICION, EN LOS TERMINOS QUE FIJE LA LEY, LA CUAL ESTABLECERA LOS SUPUESTOS DE EXCEPCIÓN A LOS PRINCIPIOS QUE RIJAN EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS , POR RAZON DE SEGURIDAD NACIONAL, DISPOSICIONES DE ORDEN PUBLICO, SEGURIDAD Y SALUD PUBLICAS O PARA PROTEGER DERECHOS DE TERCEROS
Los Datos de Carácter Personal Son aquellos datos relacionados con la intimidad de las personas y son un tipo de datos específicos que, legalmente, deben ser protegidos.


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